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Odynn Aguilar
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Haz tu declaración mensual en 15 minutos con RESICO

En este artículo nos enfocamos en las declaraciones que todos los médicos, veterinarios y cirujanos dentistas que pertenecen a RESICO tienen que realizar mes con mes para poder pagar sus impuestos correspondientes a los ingresos obtenidos durante el mes que justo terminó.

Si obtienes ingresos por productos o servicios que no están EXENTOS de IVA deberás tener en cuenta otros pasos y cálculos que no están detallados en este artículo. Te recomendamos acercarte a tu contador o contadora de confianza para obtener asesoramiento profesional.

¿Qué es RESICO?

Es un régimen fiscal. Básicamente, es un conjunto de requisitos y obligaciones que dictan cómo tienes que manejar y organizar tus impuestos mientras te encuentres en él.

RESICO es el régimen fiscal ideal para médicos, veterinarios y cirujanos dentistas que trabajan de forma independiente y/o cuentan con su propia clínica debido a las tasas de ISR que van del 1 al 2.5 % sobre tus ingresos.

RESICO, a diferencia de otros regímenes fiscales como Actividad Empresarial, fue diseñado por el SAT para ser sencillo de cumplir, pues reduce ampliamente la carga contable; debido a esto, RESICO es el primer régimen fiscal que no requiere del apoyo constante de un contador para que presentes tus declaraciones ni realices tus facturas.

Si quieres aprender más al respecto, puedes consultar nuestro artículo donde platicamos a fondo sobre RESICO y todo lo que implica.

Declaraciones: ¿Por y para qué?

El SAT en realidad calcula tus impuestos de acuerdo con lo que hayas recibido en todo el año fiscal (del 1.º de enero al 31 de diciembre), pero hacer una única declaración al final del año sería un proceso ineficiente, propenso a errores y sería más difícil identificar si algo está incorrecto.

Debido a esto, el SAT toma esos cálculos anuales y los divide entre los 12 meses del año; nos requiere que hagamos una declaración cada que termina un mes.

De esta forma el SAT obtiene ingresos de forma constante, se pueden identificar más fácil los errores y la carga fiscal se divide entre todo el año.

Y, efectivamente, a través de una declaración mensual se determina lo que tienes que pagar de impuestos y se generan los datos necesarios para hacer el pago en la institución bancaria de tu preferencia.

Requisitos

Antes de presentar tu declaración mensual como persona física en RESICO deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar inscrit@ en RESICO; esto lo puedes verificar en tu constancia de situación fiscal.
  2. Tener tu contraseña o e.firma vigente para poder iniciar sesión e iniciar la declaración:
  3. Haber presentado tus CFDI tanto a contribuyentes como al público en general con fecha de pago dentro del mes del cual vas a presentar tu declaración.

Además de estos requisitos, te recomendamos solicitar y recibir facturas de todos los gastos que hayas generado durante el mes. Si bien no podrás utilizarlas para deducir tu ISR, tener tus facturas en orden te ayuda a mantener una contabilidad sana que te puede respaldar ante cualquier aclaración que pueda solicitar el SAT.

Desde el principio

Una vez hayas cumplido con todos los requisitos para poder presentar tu declaración, el primer paso es acceder al portal correcto de los tantos que tiene el SAT. Te recomendamos acceder desde un navegador en una computadora de escritorio para tener una mejor experiencia y claridad.

En nuestro caso, tendremos que hacer lo siguiente:

  1. Visitar directamente https://www.sat.gob.mx/
  2. Dar clic en “Personas”
  3. Elegir “Régimen Simplificado de Confianza”
  4. Dar clic en “Declara”
  5. Dar clic en “Declaración de pagos mensuales”

Una vez que encontramos el portal indicado se nos presenta una pantalla de inicio de sesión; aquí tenemos dos opciones: e.firma y contraseña. De forma predeterminada se muestra el acceso por contraseña, donde tendrás que colocar tu RFC y la contraseña.

Si gustas acceder con tú e.firma puedes dar clic en el botón “e.firma” que está a un lado del botón “Enviar”. Aquí tendrás que tener los archivos .cer y .key, así como la contraseña de tu e.firma para poder acceder. Este paso es ligeramente más rápido y fácil, ya que no necesitas llenar un captcha (las letritas y números raros) y es más probable que funcione si el SAT está lento.

¿A qué venimos?

Ya que obtuvimos acceso al portal de “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, podemos consultar declaraciones pasadas y, lo más importante, presentar declaraciones mensuales.

Presentar tu declaración mensual es un proceso sencillo, pero un poco largo porque debes validar, clasificar y confirmar ingresos y gastos. Hay varios campos que no son relevantes para tu actividad económica (servicios médicos profesionales) que igual tendrás que responder; descuida, los identificaremos y explicaremos para que no te quede duda.

Una declaración mensual es un formulario con varias secciones y pestañas que iremos completando paso a paso. La primera vez puede parecer desafiante, pero con la práctica se vuelve de lo más normal.

Para comenzar tu declaración mensual realiza lo siguiente:

  1. Da clic en “Presentar declaración”.
  2. Verifica que el Ejercicio esté en 2025 (debería aparecer así por defecto).
  3. Selecciona la Periodicidad “Mensual”.
  4. En Periodo elige el mes que acaba de terminar.
  5. En Tipo de declaración selecciona “Normal”.
  6. Aparecerán las obligaciones a declarar: deben estar marcadas “ISR simplificado de confianza. Personas físicas” e “IVA simplificado de confianza”.
    • Si ves otras como “ISR retenciones por salarios” sin marcar, es normal.
    • Si no ves “ISR simplificado de confianza. Personas físicas”, puede ser un error del SAT o quizá no estés en este régimen. Genera una nueva constancia de situación fiscal y verifica (https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/constancia-de-situacion-fiscal).
    • Asegúrate de haber elegido bien el periodo y de no haber presentado antes esa declaración.
  7. Da clic en “Siguiente”. El SAT cargará las facturas que tenga registradas por y para ti.
  8. Se mostrará un aviso con los datos y la fecha de corte considerada; da clic en “Cerrar”.
  9. Verás las instrucciones y las dos secciones que debemos contestar de forma independiente: IVA e ISR.

IVA simplificado de confianza

Empecemos con la sección más fácil para quienes brindamos servicios médicos profesionales: “IVA simplificado de confianza”.

Nuestros servicios están exentos de IVA. Beneficio: no pagamos este impuesto; desventaja: no podemos deducirlo. Antes de revisar campos verás dos pestañas: “Determinación” y “Pago”.

Determinación

Debemos completar todo en Determinación antes de pasar a Pago.

Aquí validamos que los ingresos estén bien definidos y categorizados, y determinamos qué parte del IVA facturado en el mes está a nuestro favor.

En el ejemplo la mayoría de los campos están en 0 excepto “actividades exentas”. Si no es tu caso, quizá tu facturación no se esté haciendo correctamente.

IVA acreditable del periodo

Verás un campo en rojo “IVA acreditable del periodo”. Se muestra así cuando recibes una factura con IVA del 16 %, el más común.

  1. Da clic en “Capturar” (a la derecha).
  2. Calcula, de todos los gastos, cuáles son indispensables para tu práctica médica; esa parte es tu IVA a favor. Un contador puede orientarte.
  3. Si no tienes ni planeas obtener ingresos fuera de la práctica médica, puedes dejar 0 en “IVA acreditable por actividades gravadas a tasa 16 % u 8 % y tasa 0 %”.
  4. Puedes dar clic en la cantidad para ver el detalle que consideró el SAT.
  5. Ingresa el valor correcto y da clic en “Cerrar”.

Ahora verás una palomita junto a “Determinación”. Si te faltan campos por capturar, es posible que tengas actividades fuera del alcance de este artículo; consulta a tu contador.

Pago

Da clic en la pestaña “Pago”. Si marcaste IVA a favor o dejaste 0, con solo visualizarla quedará marcada con palomita. Terminamos la sección de IVA.

Haz clic en “Administrar declaración” para volver a la selección de secciones.

¿Qué tal? No fue tan complicado, ¿verdad? 🙂

ISR simplificado de confianza. Personas físicas

El ISR es un poco más tedioso que el IVA, con algunas preguntas adicionales, pero sigue siendo sencillo. Para comenzar, da clic en la sección “ISR simplificado de confianza. Personas físicas”.

En esta sección verás tres pestañas: Ingresos, Determinación y Pago.

Ingresos

¿Los ingresos fueron obtenidos a través de copropiedad?

Si trabajas de forma independiente y los ingresos son 100 % tuyos, selecciona “No”.

Si tienes dudas, consúltalo con tu contador.

Descuentos, devoluciones y bonificaciones

Lo normal es que este valor sea 0. El campo aparece en rojo, así que debes capturar información:

  1. Clic en “Capturar”.
  2. En “Descuentos, devoluciones y bonificaciones de integrantes por copropiedad” escribe 0.
  3. Clic en “Cerrar”.

Ingresos a disminuir

Si tu facturación está correcta, también irá en 0:

  1. Clic en “Capturar”.
  2. Clic en “Agregar”.
  3. Concepto: “Sin ingresos a disminuir”.
  4. Importe: 0.
  5. Clic en “Guardar”.
  6. Clic en “Cerrar”.

Ingresos adicionales

Mismo proceso; debe quedar en 0:

  1. Clic en “Capturar”.
  2. Clic en “Agregar”.
  3. Concepto: “Sin ingresos adicionales”.
  4. Importe: 0.
  5. Clic en “Guardar”.
  6. Clic en “Cerrar”.

Total de ingresos percibidos por la actividad

Aquí clasificamos los ingresos:

  1. Clic en “Capturar”.
  2. Clic en “Agregar”.
  3. Concepto: “Servicios profesionales (Honorarios)”.
  4. Importe: copia la cifra del “Monto por detallar”.
  5. Clic en “Guardar”.
  6. Clic en “Cerrar”.

Al terminar, verás una palomita en “Ingresos”. Continúa con “Determinación”.

Determinación

El SAT calcula la tasa aplicable y el impuesto a pagar de forma automática.

ISR retenido por personas morales

Si trabajas con aseguradoras u otras personas morales, ellas retienen parte del ISR:

  1. Clic en “Ver detalle”.
  2. En “ISR retenido no acreditable” escribe 0 (si todo lo retenido es acreditable).
  3. “Cerrar”.

Con esto completas la pestaña Determinación; pasa a “Pago”.

Pago

Aquí verás una vista preliminar del ISR a pagar. Responde “No” a:

  • ¿Tienes compensaciones por aplicar?
  • ¿Tienes estímulos por aplicar?

Listo. Haz clic en “Administración de la declaración” para regresar al selector de secciones.

Finalizar y pagar

Cuando IVA e ISR estén completos, se mostrará el total a pagar y se habilitará “Enviar declaración”. Puedes revisar “Vista previa” para validar los datos.

Enviar declaración

Al hacer clic confirmas que la información es correcta. El SAT puede tardar desde unos segundos hasta varios minutos en procesarla. Es posible que la declaración quede aceptada sin mostrarte el PDF final.

Recuperar declaración

Si tras varios minutos no obtienes el PDF:

  1. Ve a la pestaña de Consultas“Reimpresión del Acuse de Recibo”.
  2. Selecciona el ejercicio 2025
  3. Clic en “Buscar”.
  4. Descarga el PDF dando clic en el ícono en la primera columna de la tabla de resultados.

Pago

Con el acuse en mano, paga en tu banca en línea:

  1. Busca la “SECCIÓN LÍNEA DE CAPTURA” en el PDF.
  2. Identifica la línea de captura, el importe y la fecha límite.
  3. En tu app o sitio bancario, ve a “Pagar servicio o impuesto” (el nombre varía según el banco) y completa el pago.
    1. Ingresa la línea de captura
    2. Ingresa el importe a pagar

Paga lo antes posible para evitar recargos diarios y la molestia de presentar una declaración complementaria.

¿Y si no hago mi declaración?

Si no presentas tu declaración de impuestos o la presentas fuera de tiempo (tienes hasta el 17 de cada mes) te expones a las siguientes sanciones:

Artículo 21 del CFF: Recargos por mora

Se aplican sobre el impuesto omitido y se calculan diariamente con base en la tasa de recargos vigente.

Artículo 113-G: Dejas de cumplir con tus obligaciones en RESICO y puedes ser expulsado del régimen, perdiendo todas sus ventajas

  • Impuestos más altos (hasta 35 % de ISR en lugar de 2.5 %)
  • Pierdes el cálculo automático de tus impuestos
  • Se requiere llevar una contabilidad más detallada
  • Necesitas un contador para arreglar y llevar tu contabilidad

Artículo 32-D del CFF: Obtienes una opinión de cumplimiento negativa

  • No puedes participar en licitaciones públicas
  • No puedes obtener subsidios o estímulos fiscales
  • Se restringen ciertos trámites fiscales o de comercio exterior
  • No puedes contratar con entidades gubernamentales

Artículo 82 del CFF: Multas por presentación extemporánea

Entre $1,810 y $44,790 por cada declaración no presentada o presentada fuera de plazo.

Artículo 42 del CFF: Recibir auditorías

  • Aumento de la carga administrativa
  • Riesgo de créditos fiscales
  • Multas por errores u omisiones
  • Congelamiento de cuentas o embargos

¿Existen las declaraciones automáticas?

¿Te imaginas que tus declaraciones mensuales se presentaran siempre en tiempo y forma, sin que tuvieras que preocuparte por nada más que tus pacientes?

En OpenClinic estamos trabajando para ofrecerte ese nivel de servicio en un futuro cercano. Ya resolvimos la complejidad de la facturación para que jamás tengas que preocuparte por nada.

Las declaraciones son el siguiente paso y queremos invitarte a ser parte de la evolución contable para profesionales de la salud.

Únete a nuestra lista de espera y sé de los primeros médicos, veterinarios y cirujanos dentistas en conocer la verdadera tranquilidad fiscal.